El SERVEF ha publicado la convocatoria para el año 2018 de subvenciones destinadas al programa de fomento del trabajo autónomo, por el que se otorga una subvención en concepto de renta de subsistencia a las personas desempleadas que acceden a su empleo a través de la creación de actividad empresarial independiente, mediante su establecimiento como personal trabajador autónomo por cuenta propia en proyectos innovadores.
Las condiciones para la concesión son:
- Haber iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2018 (Modelos 036 o 037)
- Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en el SERVEF hasta el inicio de la actividad.Figurar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente con carácter previo a la presentación de la solicitud.
- No haber figurado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los 6 meses anteriores al inicio de la actividad.
- Desarrollar la actividad de forma independiente.
- No haber sido beneficiario en alguno de los tres ejercicios anteriores de otras subvenciones del SERVEF por constitución como autónomo.
- El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.
El importe de la subvención varía según los siguientes casos:
- Personas desempleadas en general: 2.500.-
- Personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000.-€
- Personas desempleadas con diversidad funcional: 3.500.-€
- Mujeres desempleadas víctimas de la violencia sobre la mujer: 4.500.-€
Los importes establecidos en los puntos 1, 2 y 3 se incrementarán en 500.-€ en caso de las mujeres.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de octubre de 2018.