Con motivo de las últimas actuaciones en la Administración Electrónica, es importante informar sobre las novedades que para el colectivo de trabajadores autónomos se han introducido el ámbito de la Seguridad Social, cuya obligatoriedad será efectiva el 1 de octubre de 2018.
La Tesorería General de la Seguridad Social facilita que el propio trabajador elija para el cumplimiento de las obligaciones entre dos canales:
Actualmente, más del 70% de los trámites principales ya se realizan por dichos canales electrónicos. Más concretamente, el 44% de estos trámites se gestionan por el sistema Red, canal prioritario elegido por los autónomos, dada la confianza que genera la gestión que realizan los profesionales.
Entre los servicios dirigidos específicamente a los trabajadores autónomos se encuentran:
A partir del 1 de octubre de 2018 la consulta y firma de notificaciones deberá realizarse en la SEDESS, a través del servicio disponible para la “Consulta y firma de notificaciones telemática”.
En el caso de optar por el Sistema Red, el trabajador autónomo cuenta con la ventaja de disponer de un segundo receptor de sus notificaciones, ya que a éstas podrá acceder tanto el propio trabajador autónomo como el autorizado.
Por todo ello, es de vital importancia que la TGSS disponga de los datos de contacto actualizados, en especial el e-mail o el teléfono móvil.
Les recordamos que esta actuación de la llamada “Administración sin papel” afecta también a otros ámbitos, por ejemplo, SUMA.